En España se han ido cambiando muchas leyes y regulaciones en el aspecto automovilístico, todo para favorecer la seguridad en carretera y evitar los accidentes. Es por esto que es necesario realizar distintas pruebas para obtener los distintos tipos de carnets y asegurar que la persona sea capaz de conducir el vehículo. En algunos de estos exámenes (como los teóricos comunes), se pueden convalidar, pero esto no es cierto en la mayoría de los casos, especialmente con los carnets de moto.
A continuación, en este blog de Autotrac Vinaròs, explicaremos la situación actual con respecto a la conducción de las motos teniendo el carnet de conducir B, y que futuras leyes pueden cambiar esta situación (como la ley DGT 125).
¿En que Casos se Puede Conducir una Moto con el Carnet B?
Actualmente (17/06/2025), es posible conducir varios tipos de moto con un carnet de conducir B, aunque no siempre es directo, ya que pueden haber ciertas condiciones. A continuación explicaremos más en detalle estos casos y que condiciones se tienen que dar:
En primer lugar, con el carnet B se pueden conducir ciclomotores desde el primer día. Estos vehículos tienen una cilindrada máxima de 50 cc si son de motor térmico o una potencia de hasta 4 kW si son eléctricos. Además, no pueden superar los 45 km/h. Dentro de esta categoría se incluyen ciclomotores de dos ruedas, ciclomotores de tres ruedas y cuatriciclos ligeros, como la Ebroh Spum-on.
Por otro lado, quienes tengan el carnet B con 3 años de antigüedad pueden conducir motocicletas de hasta 125 cc, con una potencia máxima de 11 kW (equivalente a unos 15 CV) y una relación potencia/peso que no supere 0,1 kW/kg. Esto equivale a lo que permite el carnet A1. Dentro de esta categoría se encuentran diferentes tipos de motos:
- Scooters 125, ideales para ciudad por su comodidad y facilidad de uso, como la Ebroh Veracruz GLE1.
- Naked 125, motos de estilo “desnudo” que ofrecen una postura cómoda y versátil.
- Custom 125, con diseño tipo chopper y estética clásica.
- Trail o enduro 125 homologadas, pensadas para un uso mixto en carretera y caminos.
- Deportivas 125, que destacan por su diseño similar al de las motos de mayor cilindrada.
Además, con el carnet B se pueden conducir triciclos de motor de hasta 15 kW. En el caso de los triciclos que superen esa potencia, se requiere tener al menos 21 años.
Es importante destacar que con el carnet B no se puede conducir una moto de más de 125 cc, ni aquellas que superen los 11 kW de potencia, ni vehículos que excedan la relación potencia/peso permitida. Para estas motocicletas es necesario disponer de los carnets A1, A2 o A.
Por último, hay que tener en cuenta que la equivalencia del carnet B con el A1 (para 125 cc) solo es válida en España. Si se desea conducir una 125 cc en otros países de la Unión Europea, normalmente será necesario disponer del carnet A1 como tal. Y aunque la ley lo permita por ahora, siempre es recomendable realizar un curso o prácticas si no se tiene experiencia previa en la conducción de motos, para garantizar la seguridad en la carretera.
¿Cómo Pueden Afectar las Futuras Leyes a esto?
Actualmente una persona que tenga el carnet de conducir B, puede usar sin ningún problema motos de hasta 50 cc y tener una antigüedad del carnet B de al menos 3 años para usar motos de 125 cc. Pero esto puede cambiar con la ley DGT 125, la cual propone modificar algunos aspectos de esto y otros más para poder aumentar la seguridad en carretera. Esta ley, propone añadir un curso tanto práctico como teórico, con una duración de 7 horas en total (3 horas la parte teórica y 4 horas la parte práctica). Aunque también puede eliminar la condición de tener 3 años de antigüedad en el carnet para usar motos de 125 cc, pero no está confirmado.
Sin embargo, aun no se ha aplicado ningún cambio, ya que la DGT no a especificado ninguna fecha concreta pero está previsto para este 2025. A continuación explicaremos más en detalle los cambios que pueden afectarte:
Curso Obligatorio
Este curso durará 7 horas en total, 3 h de teoría y 4 de práctica, siendo únicamente para las personas que tengan el carnet B y quieran conducir una moto. Además este curso no será retroactivo, es decir que si ya tenías el carnet más de 3 años, no es necesario que hagas el nuevo curso.
Equipamiento Obligatorio
Además de los cambios relacionados con el carnet B, también obligarán el uso de equipamiento de protección como un casco integral o modular (estarán prohibidos los tipo jet), y guantes homologados. Esto para ayudar a reducir las lesiones graves ante un accidente entre motoristas
Cambios en Carnet A
Para las personas que quieran sacarse el carnet A, a partir del 1 de junio, es necesario realizar 3h teóricas, 2h prácticas en un circuito cerrado, 4 h en vías abiertas y al menos 2 h en carreteras convencionales. Además será obligatorio usar el airbag en las prácticas y realizar una formación sobre los sistemas de ayuda a la conducción (ARAS)
Conclusión
Es importante estar actualizado sobre todos los cambios que suceden en las leyes, más aún si son cambios que afectan a la seguridad en carretera. En Autotrac Vinaròs nos importa la seguridad de nuestros clientes, y por eso explicamos no solo cualquier cambio importante que se hace, también recomendamos y damos consejos sobre el cuidado de tu vehículo y más. Puedes visitarnos en nuestro taller en Vinaròs o puedes contactarnos en nuestra página web. Además, puedes visitar nuestra tienda para descubrir motos tanto de 49 cc como 125 cc.
Preguntas Frecuentes sobre la Conducción de una Moto con el Carnet B
Actualmente (17/06/2025), se puede conducir ciclomotores de hasta 50 cc y 45 km/h. Además, de motos de 125 cc máximo y 11 kW (~15 CV), con relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg y tienes más de 3 años de experiencia con el carnet B. Por último, también se pueden usar los triciclos de motor con hasta 15 kW o más si se tienes 21 años o más.
No, el curso no será retoactivo y no es necesario si ya conduces una 125 cc antes de que se haya aprobado la normativa.
No, de por si la equivalencia del carnet B + 3 años para motos 125 cc solo aplica en España. Si quieres usar este tipo de motos en otros países de la Unión Europea, es necesario sacarse el carnet A1.
La DGT aun no a dicho ninguna fecha en concreto sobre su implementación, pero quieren empezar a aplicar estos cambios durante el 2025.
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